Esta convocatoria regula las solicitudes de aval científico con y sin financiación para su posterior consideración por parte de la Dirección Científica con el asesoramiento del Comité de Dirección. El aval científico del CIBERER se limita a acreditar el valor e interés científico/ divulgativo de la actividad. No supone en absoluto sufragar, total o parcialmente, los gastos correspondientes al desarrollo de la actividad, tan sólo la avala científicamente.
Además, en esta convocatoria se regula el uso de los logotipos CIBER en cualquier actividad organizada desde los grupos ya que solo las actividades que dispongan de “Aval CIBERER” o de financiación podrán incorporar el logotipo en sus materiales de difusión.
El solicitante puede ser cualquier miembro de un grupo CIBERER oficialmente reconocido.
Las solicitudes deben contar con la participación de al menos dos personas de dos grupos CIBERER/CIBER diferentes. En casos excepcionales y debido a la peculiaridad de las enfermedades raras, se podrán solicitar tanto el aval científico como la financiación de la actividad cuando solo participe un único grupo CIBERER justificando la necesidad de aplicar esta excepción.
Se puede solicitar:
La convocatoria está abierta permanentemente. Las solicitudes deben tramitarse a través del formulario habilitado en este enlace con al menos 3 meses de antelación a la fecha de inicio de la actividad. En cada solicitud solo se puede incluir una única actividad. La resolución será definitiva y se comunicará en un plazo máximo de un mes antes de la fecha de inicio de la actividad.
Las actividades avalables sin y con financiación, los conceptos financiables, así como todos los detalles de esta convocatoria se pueden encontrar en la documentación que la acompaña.
Financing Institution: CIBERER
Deadline: 31/12/2024
Status: Abierta
Documentation: